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Actualizado 13/06 15:42
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Nuevos Trámites en Presentaciones Digitales para Procesos de Fiscalización

En un esfuerzo por modernizar y facilitar la gestión de trámites fiscales, ARCA ha incorporado ocho nuevos procedimientos dentro del servicio de Presentaciones.

Datos principales
  • Tema: Impuestos.
  • Lectura estimada: 4 minutos.
  • En un esfuerzo por modernizar y facilitar la gestión de trámites fiscales, ARCA ha incorporado ocho nuevos procedimientos dentro del servicio de Presentaciones.
Nuevos Trámites en Presentaciones Digitales para Procesos de Fiscalización

En un esfuerzo por modernizar y facilitar la gestión de trámites fiscales, ARCA ha incorporado ocho nuevos procedimientos dentro del servicio de Presentaciones Digitales. Esta iniciativa se enmarca dentro de las Leyes 11.683 y 18.820, y tiene como objetivo permitir a los contribuyentes responder de manera remota a diversos requerimientos y procesos de fiscalización.

Trámites Disponibles

Los nuevos trámites permiten gestionar respuestas a requerimientos, sumarios administrativos y determinaciones de oficio. A continuación, se detallan cada uno de ellos:

1. Respuesta a Requerimientos

Este trámite permite a los contribuyentes dar respuesta a los requerimientos cursados mediante los formularios F. 8400 y F. 8600 que se encuentren pendientes. Es importante destacar que no incluye respuestas a verificaciones ni a requerimientos emitidos en el marco de una determinación de oficio.

Requisitos: Se debe indicar una respuesta específica a cada punto, así como el detalle de la documentación y la fundamentación del descargo. Además, es necesario adjuntar la documentación solicitada y pertinente.

2. Respuesta a Sumarios

Este trámite permite presentar el escrito de defensa y los elementos vinculados a sumarios materiales y formales, incluyendo aquellos relacionados con Cuentas Tributarias. Sin embargo, no abarca la vía recursiva.

Requisitos: Se debe indicar el motivo fundamentado de la presentación y el detalle de la documentación. También es necesario adjuntar la documentación respaldatoria pertinente.

3. Determinaciones de Oficio

Este procedimiento permite responder a la corrida de vista y presentar elementos en las distintas etapas del procedimiento de determinación de oficio. Al igual que en los casos anteriores, no abarca la vía recursiva, para la cual se debe utilizar específicamente el trámite del Art. 76 de la Ley 11.683.

Requisitos: Es necesario indicar el motivo fundamentado, el detalle de la documentación y la identificación de la etapa del acto administrativo a la cual se responde. Se debe adjuntar la documentación respaldatoria.

4. Impugnación de Actas Previsionales

Este trámite permite impugnar las actas previsionales labradas por el organismo, efectuando el descargo respecto de los hechos y determinaciones. No se detallan exclusiones específicas en la sección de información importante de su fuente técnica.

Requisitos: Se debe indicar el motivo fundamentado de la presentación y el detalle de la documentación. También es necesario adjuntar la documentación respaldatoria pertinente.

5. Respuesta a Impugnaciones Previsionales

Este procedimiento gestiona todas las interacciones en el marco de impugnaciones previsionales que ya se encuentren iniciadas y en curso. No es aplicable para realizar la impugnación inicial de un acta, para lo cual debe usarse el trámite “Impugnación de Actas Previsionales”.

Requisitos: Se debe indicar el motivo fundamentado de la presentación y el detalle de la documentación. Se debe adjuntar la documentación respaldatoria pertinente.

6. Recurso de Reconsideración o Apelación – Art. 76 Ley 11.683

Este trámite abarca los recursos de reconsideración contra resoluciones que impongan sanciones o determinen los tributos y sus accesorios en forma cierta o presuntiva, así como aquellos que se dicten en reclamos por repetición de tributos, en los términos de los incisos a) y b) del artículo 76 de la Ley 11.683. Incluye las multas formales impositivas del artículo 39 de la misma ley.

Requisitos: Se debe indicar el motivo fundamentado y el detalle de la documentación. Es necesario adjuntar la documentación respaldatoria y el Formulario F4 si se trata de una apelación ante el TFN.

7. Recurso de Apelación – Art. 77 y 78 Ley 11.683

Este trámite permite interponer un recurso de apelación contra las resoluciones que dispongan sanciones de clausura y de suspensión de matrícula, licencia e inscripción en el respectivo registro, de acuerdo con los términos del artículo 77 de la Ley 11.683. También incluye recursos interpuestos contra resoluciones que dispongan el decomiso de mercadería sujeta a secuestro o interdicción, según el artículo 78 de la misma ley.

Requisitos: Se debe indicar el motivo fundamentado de la presentación y el detalle de la documentación. Es necesario adjuntar la documentación respaldatoria pertinente.

8. Recurso ante la Justicia en Materia de Seguridad Social

Este trámite permite interponer, a través de ARCA, un recurso ante la justicia en materia de Seguridad Social.

Requisitos: Se debe indicar el motivo fundamentado de la presentación y el detalle de la documentación. También es necesario adjuntar la documentación respaldatoria pertinente.

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