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Actualizado 17/06 09:51
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ARCA Amplía el Uso de Declaraciones Juradas como Garantía en Comercio Exterior

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado una significativa modificación en el régimen de garantías aplicable a las operaciones de.

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  • Tema: Impuestos.
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ARCA Amplía el Uso de Declaraciones Juradas como Garantía en Comercio Exterior

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado una significativa modificación en el régimen de garantías aplicable a las operaciones de comercio exterior, permitiendo el uso de declaraciones juradas como respaldo fiscal para importadores y exportadores. Esta medida fue oficializada mediante la Resolución General 5864/2026, publicada en el Boletín Oficial el 16 de junio de 2026.

El nuevo esquema se enmarca dentro de las disposiciones del Decreto 838/2025, que habilitó el uso de documentos firmados por los interesados como garantía para diversas destinaciones aduaneras. Según los considerandos de la norma, la modificación busca ofrecer alternativas más accesibles para los operadores de comercio exterior, sin comprometer los mecanismos de control ni la protección de los intereses fiscales del Estado.

Detalles de la Nueva Normativa

La resolución actualiza el esquema establecido por la Resolución General N.º 3.885, que regula los tipos de garantías aceptadas para respaldar obligaciones aduaneras. Entre los instrumentos que continúan siendo admitidos se encuentran:

  • Depósitos en efectivo y a plazo fijo en el Banco Nación.
  • Seguros de caución.
  • Avales bancarios.
  • Títulos públicos.
  • Cauciones de acciones.

A partir de la nueva normativa, se amplía la posibilidad de utilizar declaraciones juradas o documentos suscriptos por los propios interesados o por terceros como garantía de determinadas operaciones. Esta medida incluye la implementación de la denominada “declaración jurada sistémica”, que podrá aplicarse a una amplia gama de procedimientos vinculados al comercio exterior.

Ámbitos de Aplicación

La modalidad de la declaración jurada sistémica estará disponible para:

  • Operaciones de exportación e importación temporaria.
  • Mercaderías sujetas a análisis o investigaciones de valor.
  • Envíos en consignación.
  • Tránsitos terrestres.
  • Régimen de sustitución de importaciones y exportaciones.

Desde ARCA se ha señalado que esta adecuación normativa busca ofrecer a los operadores de comercio exterior una alternativa más accesible, sin comprometer la solvencia del sistema, el control aduanero ni el debido resguardo del interés fiscal.

Implementación y Cronograma

La resolución entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, su aplicación operativa será gradual y se instrumentará a través de un cronograma que ARCA difundirá próximamente en su sitio web oficial. Los operadores deben estar atentos a las actualizaciones que se proporcionarán para asegurar el cumplimiento de las nuevas disposiciones.

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