El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) comenzará a operar en noviembre de 2026, permitiendo a las empresas acumular recursos para indemnizaciones mediante aportes del 2,5% de la masa salarial para MiPyMEs y del 1% para otros empleadores privados. Las empresas deben seleccionar una entidad administradora y completar trámites para evitar sanciones de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
El FAL es una cuenta individual del empleador, administrada por una entidad habilitada, y sus contribuciones se descontarán de las cargas patronales existentes. Tendrá un período de carencia de seis meses y sus rendimientos estarán exentos del impuesto a las Ganancias. Sin embargo, no cubrirá liquidaciones finales ni conceptos salariales no registrados.
Las empresas deben abrir la cuenta en octubre y validar el ID FAL antes de presentar la declaración jurada de noviembre. La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones por parte de ARCA y la asignación de un administrador de oficio por parte de la CNV.