ARCA ha dejado sin efecto el régimen que obligaba a las empresas usuarias a retener contribuciones patronales sobre los importes facturados por las empresas de servicios eventuales. A partir de la Resolución General 5913/2026, publicada en el Boletín Oficial el 20 de octubre de 2026, las empresas de servicios eventuales deberán ingresar directamente sus obligaciones, conforme al Decreto 407/2026.
La norma abroga las Resoluciones Generales 3983 y 4003 de la DGI, adecuando la regulación al esquema establecido por la Ley de Modernización Laboral 27.802. Con la publicación de la RG 5913, el régimen de retención específico queda formalmente sin efecto.
Las empresas usuarias ya no están obligadas a practicar retenciones sobre los importes facturados en concepto de sueldos y jornales del personal suministrado. Ahora, las empresas de servicios eventuales son responsables de abonar directamente las obligaciones de Seguridad Social y las cuotas sindicales.
Este cambio requiere que las empresas usuarias revisen sus sistemas de pagos y retenciones para evitar la aplicación automática del régimen abrogado.